Comunicado de la sala La Riviera
Madrid a 21 de Noviembre de 2008.
La propiedad de la SALA RIVIERA, ante la clausura administrativa provisional del local que se llevó a cabo el viernes 21/11/08, quiere informar de lo siguiente:
1. La comunicación de la clausura se nos notificó el jueves por la noche y se ejecutó el viernes, sin darnos tiempo a reaccionar ni avisar al público y proveedores en general. Esta premura de la administración para cerrar LA RIVIERA en apenas unas horas (no pasaron ni 24), nos ha causado un grave daño y nos hace preguntarnos por las razones de urgencia que han llevado a adoptar semejante medida, cuando el expediente en virtud del cual se clausura la sala databa de hace dos años y se refería a problemas menores.
2. La Sala Riviera cuenta con todas las licencias exigibles y las tiene en vigor, en diferentes versiones, desde 1964. La medida de clausura es desproporcionada y se adopta al albur de situaciones ajenas al procedimiento urbanístico. Nuestra Sala tiene vigilantes privados y todos los medios para garantizar la seguridad del público.
3. Hemos recurrido a la Justicia contra dicha medida y hemos pedido su suspensión, por cuanto:
a) En nuestro local no hay problemas de orden público y así se reconoce. Contamos con todas las licencias y la sala está en un lugar donde no molesta a nadie (paseo Manzanares s/n, ahora Virgen del Puerto s/n). La Riviera es un local por completo emblemático.
b) Por el propio Ayuntamiento se admite que la sala tiene licencia de actividad y se alude a que hay elementos industriales instalados (no se dice cuáles) y que no cumplimos alguna norma sobre incendios, LO CUAL ES FALSO, pero no se especifica tampoco. Ello debería dar lugar a subsanar SI FUERA CIERTO pero nunca al cierre sin previo aviso: se nos notifica el 20 y se cierra el 21. Tanta prisa es demostrativa del ánimo de la resolución.
c) El daño es irreparable para esta parte, dado que existen varios conciertos programados, UNO ESTA MISMA NOCHE, varios la semana que viene, lo cual, de mantenerse el cierre, supone un grave daño para el negocio y la cultura.
d) La Sala La Riviera cuenta con Licencia de Obras de Construcción, con Licencia de Actividad e Instalación y con Licencia de Funcionamiento para el ejercicio de la Actividad Cultural que desarrolla desde 1964.
Desde el año 1964, lógicamente se han ido adecuando las Instalaciones de Seguridad a las exigencias de las nuevas Normativas, tanto de Medios de Protección contra Incendios como para asegurar una optima evacuación. Así mismo se han adoptado las medidas oportunas para asegurar el Derecho de los vecinos a su intimidad y al descanso mejorando y optimizando las condiciones de Insonorización y Aislamiento acústico teniendo en cuenta la singularidad de la Sala, adecuándola por ello a lo establecido en la vigente Ordenanza de Medio Ambiente.
Todas estas adecuaciones se han realizado a requerimiento de los propios Servicios Técnicos Municipales, y habiéndose comprobado por ellos mismos su correcta realización.
Para ser escrupulosos con la Legalidad Urbanística, se ha presentado en la Gerencia de Urbanismo en el año 2007 la Licencia de Legalización y Actualización de las Adecuaciones realizadas. La Licencia al día de hoy cuenta con los informes favorables de Calificación Ambiental de Medio Ambiente y de la CIPHAM, estando pendiente de resolución y confección.
Urbanísticamente será necesario obtener posteriormente la Licencia de Funcionamiento que en nuestro caso, entendemos, esta implícitamente concedida por la visita de comprobación de la idoneidad de las Adaptaciones realizadas, y objeto de esta legalización, por parte de los propios Servicios Técnicos Municipales.
No “comprendemos” que por haber realizado adecuaciones en la Sala encaminadas a optimizar la Seguridad y el Derecho de los vecinos al descanso, suponga una perdida cierta de los derechos consolidados de la Licencia de Actividad y Funcionamiento desde hace mas de 40 AÑOS, y más aún que provoque el precinto de la Sala.
Por otra parte es llamativo que se hubiera admitido la suspensión de la clausura que solicitamos en Marzo de 2007, alegando que se iba a presentar el Proyecto de Actualización, y ahora cuando ese Proyecto nos consta cuenta con todos los informes favorables (20 MESES DESPUÉS), se produzca un precinto “inmediato” comunicado 18 HORAS antes y con la correspondiente indefensión tanto para la Sala, como para el Personal-Artistas-Promotores-etc.
Agradecemos todas las muestras de apoyo recibidas
Fdo.:
Ricardo Ibáñez Castresana Abogado Cdo.: 50915
Miguel Ángel Rubio Roi Ingeniero Cdo.: 640
La propiedad de la SALA RIVIERA, ante la clausura administrativa provisional del local que se llevó a cabo el viernes 21/11/08, quiere informar de lo siguiente:
1. La comunicación de la clausura se nos notificó el jueves por la noche y se ejecutó el viernes, sin darnos tiempo a reaccionar ni avisar al público y proveedores en general. Esta premura de la administración para cerrar LA RIVIERA en apenas unas horas (no pasaron ni 24), nos ha causado un grave daño y nos hace preguntarnos por las razones de urgencia que han llevado a adoptar semejante medida, cuando el expediente en virtud del cual se clausura la sala databa de hace dos años y se refería a problemas menores.
2. La Sala Riviera cuenta con todas las licencias exigibles y las tiene en vigor, en diferentes versiones, desde 1964. La medida de clausura es desproporcionada y se adopta al albur de situaciones ajenas al procedimiento urbanístico. Nuestra Sala tiene vigilantes privados y todos los medios para garantizar la seguridad del público.
3. Hemos recurrido a la Justicia contra dicha medida y hemos pedido su suspensión, por cuanto:
a) En nuestro local no hay problemas de orden público y así se reconoce. Contamos con todas las licencias y la sala está en un lugar donde no molesta a nadie (paseo Manzanares s/n, ahora Virgen del Puerto s/n). La Riviera es un local por completo emblemático.
b) Por el propio Ayuntamiento se admite que la sala tiene licencia de actividad y se alude a que hay elementos industriales instalados (no se dice cuáles) y que no cumplimos alguna norma sobre incendios, LO CUAL ES FALSO, pero no se especifica tampoco. Ello debería dar lugar a subsanar SI FUERA CIERTO pero nunca al cierre sin previo aviso: se nos notifica el 20 y se cierra el 21. Tanta prisa es demostrativa del ánimo de la resolución.
c) El daño es irreparable para esta parte, dado que existen varios conciertos programados, UNO ESTA MISMA NOCHE, varios la semana que viene, lo cual, de mantenerse el cierre, supone un grave daño para el negocio y la cultura.
d) La Sala La Riviera cuenta con Licencia de Obras de Construcción, con Licencia de Actividad e Instalación y con Licencia de Funcionamiento para el ejercicio de la Actividad Cultural que desarrolla desde 1964.
Desde el año 1964, lógicamente se han ido adecuando las Instalaciones de Seguridad a las exigencias de las nuevas Normativas, tanto de Medios de Protección contra Incendios como para asegurar una optima evacuación. Así mismo se han adoptado las medidas oportunas para asegurar el Derecho de los vecinos a su intimidad y al descanso mejorando y optimizando las condiciones de Insonorización y Aislamiento acústico teniendo en cuenta la singularidad de la Sala, adecuándola por ello a lo establecido en la vigente Ordenanza de Medio Ambiente.
Todas estas adecuaciones se han realizado a requerimiento de los propios Servicios Técnicos Municipales, y habiéndose comprobado por ellos mismos su correcta realización.
Para ser escrupulosos con la Legalidad Urbanística, se ha presentado en la Gerencia de Urbanismo en el año 2007 la Licencia de Legalización y Actualización de las Adecuaciones realizadas. La Licencia al día de hoy cuenta con los informes favorables de Calificación Ambiental de Medio Ambiente y de la CIPHAM, estando pendiente de resolución y confección.
Urbanísticamente será necesario obtener posteriormente la Licencia de Funcionamiento que en nuestro caso, entendemos, esta implícitamente concedida por la visita de comprobación de la idoneidad de las Adaptaciones realizadas, y objeto de esta legalización, por parte de los propios Servicios Técnicos Municipales.
No “comprendemos” que por haber realizado adecuaciones en la Sala encaminadas a optimizar la Seguridad y el Derecho de los vecinos al descanso, suponga una perdida cierta de los derechos consolidados de la Licencia de Actividad y Funcionamiento desde hace mas de 40 AÑOS, y más aún que provoque el precinto de la Sala.
Por otra parte es llamativo que se hubiera admitido la suspensión de la clausura que solicitamos en Marzo de 2007, alegando que se iba a presentar el Proyecto de Actualización, y ahora cuando ese Proyecto nos consta cuenta con todos los informes favorables (20 MESES DESPUÉS), se produzca un precinto “inmediato” comunicado 18 HORAS antes y con la correspondiente indefensión tanto para la Sala, como para el Personal-Artistas-Promotores-etc.
Agradecemos todas las muestras de apoyo recibidas
Fdo.:
Ricardo Ibáñez Castresana Abogado Cdo.: 50915
Miguel Ángel Rubio Roi Ingeniero Cdo.: 640
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